El Supremo establece nuevos criterios para la extinción del contrato de trabajo por causas económicas

Publicado el 12 de enero de 2025, 22:18

 

En una reciente sentencia (1234/2024), el Tribunal Supremo ha redefinido los requisitos para justificar la extinción de contratos laborales por causas económicas, introduciendo criterios más estrictos que refuerzan la protección de los trabajadores. Este fallo tiene implicaciones significativas tanto para empresas como para empleados, estableciendo un nuevo marco jurídico en los despidos por razones económicas.

El origen del caso


El caso se originó en una empresa del sector servicios que, alegando pérdidas económicas, despidió a 15 empleados de forma colectiva. La empresa justificó su decisión basándose en una disminución de los ingresos en un único trimestre y en la previsión de un impacto financiero adverso. Sin embargo, los empleados afectados recurrieron la decisión, argumentando que las medidas adoptadas no estaban suficientemente justificadas.

En primera instancia, el tribunal respaldó a la empresa, pero la sentencia fue recurrida hasta llegar al Tribunal Supremo, que finalmente resolvió el conflicto con nuevos criterios.

Los criterios establecidos por el Tribunal Supremo


La sentencia establece tres requisitos fundamentales que las empresas deben cumplir para justificar una extinción de contrato laboral por causas económicas:

1. Demostrar la existencia real de pérdidas económicas
El Tribunal ha subrayado que no basta con mostrar pérdidas en un único trimestre. Las empresas deben acreditar un periodo prolongado de deterioro económico, que en este caso se ha fijado en al menos tres trimestres consecutivos. Además, las pérdidas deben ser significativas en proporción al volumen de negocio.

2. Acreditar un impacto directo en la viabilidad empresarial
No todas las pérdidas económicas justifican un despido. La empresa debe demostrar que la situación económica compromete seriamente la continuidad del negocio, y que la medida es indispensable para garantizar su sostenibilidad.

3. Agotar las medidas alternativas
Antes de proceder al despido, las empresas están obligadas a probar que han agotado otras opciones menos lesivas para los trabajadores, como reducciones de jornada, renegociaciones salariales o reestructuraciones internas.

La interpretación del Supremo sobre la proporcionalidad
El Tribunal también puso énfasis en la proporcionalidad de las medidas adoptadas. En este caso, se consideró que la empresa no justificó adecuadamente por qué los despidos eran la única solución posible, lo que llevó a la nulidad del procedimiento.

Repercusiones legales de la sentencia
Este fallo del Supremo introduce mayores exigencias a las empresas, especialmente en lo que respecta a la justificación documental y económica de las decisiones de despido. Esto podría traducirse en un aumento de los litigios laborales, dado que los empleados ahora cuentan con un marco más claro para impugnar las extinciones de contrato.

Impacto para trabajadores y empresas


Para los trabajadores, esta sentencia supone una protección adicional frente a despidos improcedentes, ya que dificulta el uso de razones económicas como justificación genérica. Por otro lado, las empresas tendrán que ser más rigurosas en la gestión de sus recursos humanos y en la planificación financiera para evitar litigios futuros.

Conclusión


La sentencia 1234/2024 establece un precedente clave en el ámbito laboral, obligando a las empresas a justificar exhaustivamente los despidos por causas económicas. Este fallo no solo refuerza los derechos de los trabajadores, sino que también promueve una mayor transparencia y rigor en la toma de decisiones empresariales. En adelante, será fundamental que tanto trabajadores como empleadores conozcan los criterios establecidos por el Supremo para afrontar posibles conflictos en esta materia.

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